Guía para solicitar las ayudas para comprar un coche eléctrico

El Gobierno ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Programa MOVES, que establece un plan de incentivos para la compra de vehículos alternativos. 

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19/02/2019 15:48
Actualizado a 04/03/2019 09:45

Los particulares que decidan comprar un coche eléctrico pueden beneficiarse de una ayuda de hasta 5.500 euros gracias al Plan MOVES, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes, así como de al menos 1.000 euros adicionales por parte de los fabricantes o puntos de venta.

Estos son los requisitos para poder recibir la ayuda del Programa de Incentivos de Movilidad Eficiente y Sostenible, dotado con un presupuesto de 45 millones de euros:

1. El solicitante deberá ser una persona física mayor de 18 años y solo podrá beneficiarse de la ayuda para un vehículo. En el caso de profesionales o entidades públicas, el límite de ayudas es 30.

2. Comprar un coche eléctrico de menos de 40.000 euros. Este requisito se eleva hasta los 45.000 euros para personas con discapacidad, con movilidad reducida y para familias numerosas.

3. El solicitante debe haber sido propietario durante más de un año de un vehículo de más de diez años de antigüedad matriculado en España, que se tendrá que dar de baja definitiva de circulación y acharratar.

4. Se deberá presentar el último recibo del impuesto de circulación (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica) debidamente abonado desde 2014 del vehículo a achatarrar, que debe tener la ITV en vigor.

Cuantía de las ayudas para particulares

Para los vehículos eléctricos, tanto eléctricos puros de batería, como híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida, de menos de 40.000 euros (45.000 para personas con discapacidad, con movilidad reducida y para familias numerosas) las subvención será de hasta 5.500 euros en función de la autonomía del vehículo.

Guía para solicitar las ayudas para comprar un coche eléctrico

Las personas que adquieran un turismo de pila de combustible de hidrógeno obtendrán 5.500 euros de ayuda, mientras que la compra de vehículos comerciales eléctricos se subvencionará con 6.000 euros.

En el caso de camiones y autobuses eléctricos, las ayudas oscilarán entre 8.000 y 15.000 euros para los particulares.

Por su parte, los que compren motocicletas eléctricas recibirán una subvención de 750 euros, siempre que el vehículo tenga una autonomía mayor de 70 kilómetros y un precio menor de 10.000 euros.

Además, el Plan Moves subvenciona la compra de vehículos comerciales de GLP con entre 4.000 y 15.000 euros. Asimismo, los camiones o furgonetas GNC, GNL o bifuel también recibirán entre 5.000 y 15.000 euros si son adquiridos por un particular.

Diferentes cuantías de ayudas para Pymes y empresas

Las pymes y las grandes empresas también pueden optar a los incentivos del Moves, si bien, los importes varían en comparación con los particulares.

Guía para solicitar las ayudas para comprar un coche eléctrico II

Así, por la compra de un turismo eléctrico de más de 72 kilómetros de autonomía, una pyme se puede beneficiar de 4.000 euros de ayuda, mientras que una gran empresa recibirá 3.000 euros.

En los turismos de pila de combustible de hidrógeno se mantiene el importe de ayudas respecto a los particulares, si bien, en las motos eléctricas, las pymes recibirán 750 euros, frente a los 700 a los que optan las grandes corporaciones.

En el caso de furgones de GLP, GNC o GNL, las pequeñas y medianas empresas optarán a 2.500 euros de ayuda y las grandes firmas a subvenciones de 2.000 euros. Por su parte, la adquisición de camiones con estos motores tendrán una subvención de 6.000 euros (los de menos de 18.000 kilos) y de 15.000 euros (lo más pesados), sin distinguir el tamaño de la empresa solicitante.

Procedimiento de concesión

En cuanto al procedimiento de solicitud, serán las comunidades autónomas quienes decidirán si gestionar las ayudas, en vigor desde este lunes 18 de febrero, directamente o a través de una entidad colaboradora.

Una vez que se efectúen las convocatorias, en el plazo de dos meses, la presentación de solicitudes comenzará el día indicado en la convocatoria autonómica.

Desde ese momento, las solicitudes, que se presentarán telemáticamente, serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos presupuestados.

Una vez presentada la documentación, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud. En caso de no haberse recibido una resolución en dicho plazo, se entenderá desestimada la solicitud.

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