La publicación del Real Decreto 52/2026 en el Boletín Oficial del Estado (BOE) pone en marcha el Registro de Vehículos Personales Ligeros (VPL), una medida que permitirá implantar el seguro obligatorio y mejorar el control de estos vehículos por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT).
La nueva normativa establece que todos los vehículos de movilidad personal (VMP) deberán inscribirse en el registro y llevar una etiqueta identificativa con un número único, estilo a una placa de matrícula, independientemente de que sean modelos recientes o anteriores a la actual homologación.
Una etiqueta obligatoria para identificar cada patinete

Una vez completada la inscripción, la DGT asignará un número identificativo único que deberá figurar en una etiqueta visible instalada en el vehículo.
En los modelos más recientes, que ya cuentan con certificado de circulación y una placa de marcaje de fábrica, será necesario facilitar los datos del propietario, el número del certificado y el número de serie del vehículo para completar el registro.
En el caso de los patinetes más antiguos, que no disponen de certificado de circulación, también será obligatorio registrarlos aportando documentación básica, como la factura de compra, la ficha técnica o fotografías del vehículo.
Régimen transitorio hasta enero de 2027
Los vehículos de movilidad personal que no cumplen los requisitos técnicos actuales podrán seguir circulando de forma transitoria hasta el 22 de enero de 2027, siempre que se adapten a las nuevas obligaciones establecidas por la normativa.

Durante ese periodo deberán estar inscritos en el registro y contar con el seguro obligatorio previsto por la legislación.
La inscripción podrá realizarse a través de la sede electrónica de la DGT, por teléfono mediante el 060 y, previsiblemente, también mediante gestores administrativos, compañías aseguradoras e incluso establecimientos autorizados en el momento de la compra.
Multas de hasta 800 euros
La nueva regulación incorpora un régimen sancionador para quienes incumplan las obligaciones de aseguramiento e identificación.
Circular sin el seguro obligatorio podrá acarrear sanciones que oscilan entre 250 y 800 euros, dependiendo de la calificación jurídica del vehículo, mientras que la falta de aseguramiento también podrá ser sancionada con multas de entre 202 y 610 euros.
Además, en los supuestos previstos por la normativa, los agentes podrán proceder a la inmovilización del vehículo hasta que se regularice la situación administrativa.
Un registro para más de cuatro millones de usuarios
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— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) June 18, 2026
📝 Es obligatorio para circular con tu #patineteeléctrico.
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La DGT estima que actualmente existen más de cuatro millones de vehículos de movilidad personal en España. Con este nuevo registro se busca mejorar su identificación, facilitar el control del seguro obligatorio y dotar de mayor seguridad jurídica tanto a usuarios como a terceros afectados en caso de accidente.
La normativa también regula procedimientos como el cambio de titularidad, que deberá comunicarse en un plazo máximo de 30 días, o la baja definitiva del vehículo.
Con esta medida, España da un paso más en la regulación de los patinetes eléctricos, un medio de transporte cada vez más presente en las ciudades y que, a partir de ahora, estará sometido a mayores obligaciones administrativas.