Los usuarios de patinetes eléctricos en España afrontan un cambio importante en 2026. Después de meses de incertidumbre y de una especie de “moratoria” que ha suavizado la aplicación de algunas medidas, el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que regula el funcionamiento de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
La principal novedad afecta al registro, identificación y seguro obligatorio de los patinetes eléctricos. Desde este año, los VMP deben estar inscritos en el nuevo Registro de Vehículos Personales Ligeros y contar con una etiqueta identificativa visible. Además, la normativa obliga a disponer de un seguro de responsabilidad civil para poder circular legalmente.

Registro obligatorio
La DGT explica que esta regulación busca poner orden en un mercado que había crecido sin apenas control durante los últimos años. Hasta ahora, muchos usuarios utilizaban patinetes sin documentación, sin identificación y sin ningún tipo de cobertura ante accidentes. Con la entrada en vigor de la Ley 5/2025, la situación cambia por completo y los agentes podrán sancionar a quienes no tengan su vehículo correctamente registrado o asegurado.
En el apartado de su página web dedicado a ellos, se explica lo siguiente: “Podrás inscribir un vehículo de tu propiedad de manera que, una vez inscrito, se generará un número de placa para el vehículo. Además, te entregaremos el certificado de inscripción digital en pdf con el que podrás adquirir una etiqueta identificativa con el número de inscripción con el formato M XXXX LLL Ayuda para que puedas colocarla en tu VMP a modo de matrícula. La etiqueta la podrás obtener en cualquier centro autorizado de expedición de placas de matrícula”.
Las multas varían según el incumplimiento de la norma de la que se trate. No disponer de seguro puede suponer sanciones de entre 202 y 610 euros, mientras que circular directamente sin él eleva la horquilla de la cuantía desde los 250 hasta los 800 euros en algunos casos.
También será obligatorio llevar la etiqueta identificativa homologada en un lugar visible del vehículo. Circular sin ella o no aparecer en el registro estatal puede derivar en sanciones económicas que rondan los 200 y 600 euros, dependiendo de la gravedad o de si existe reincidencia.
¿Qué ocurre con los patinetes antiguos?
Uno de los puntos que más dudas ha generado es la situación de los patinetes comprados antes de 2024. La DGT recuerda que estos modelos podrán seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027 aunque no dispongan de certificación oficial. Sin embargo, a partir de esa fecha únicamente podrán utilizarse modelos certificados y homologados.
En su web expone: “En el caso de los VMPs que no estén certificados, pero que pueden circular hasta 22 de enero de 2027, no dispondrán de un número de certificado. Por ello, dentro del formulario de inscripción, deberán indicar "Vehículo no certificado" en el momento en el que se pida”.
Además de las nuevas obligaciones administrativas, la DGT mantiene las sanciones habituales relacionadas con la circulación de patinetes eléctricos. Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas puede acarrear multas de hasta 1.000 euros y la inmovilización inmediata del vehículo. Utilizar el móvil, llevar auriculares o circular sin alumbrado también está castigado con sanciones de 200 euros.
Las autoridades insisten en que el objetivo no es únicamente sancionar, sino mejorar la seguridad vial y reducir los accidentes relacionados con estos vehículos. El crecimiento masivo de los patinetes eléctricos en las ciudades españolas había provocado un vacío legal que ahora se intenta corregir con controles más estrictos y una regulación mucho más similar a la de otros vehículos.

