Un vecino de Otero de Herreros, en Segovia, ha sido condenado a 18 meses de prisión por almacenar y manipular en una vivienda particular una enorme cantidad de baterías de ion-litio consideradas residuos peligrosos.
El caso, destapado inicialmente en 2023, vuelve ahora a la actualidad después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León haya confirmado la condena dictada por la Audiencia Provincial de Segovia.

Una vivienda convertida en almacén de baterías
El caso comenzó a llamar la atención de la Guardia Civil después de detectar movimientos inusuales de mercancía en palets en la vivienda. La investigación permitió descubrir un auténtico almacén clandestino de baterías de litio y un taller instalado dentro del inmueble para manipularlas.
La operación Canaleja permitió intervenir una cantidad de baterías que el Ministerio del Interior calificó en 2023 como la mayor incautación de este tipo realizada hasta entonces en España y Europa. Para retirar el material fue necesario recurrir a una empresa especializada y utilizar seis camiones autorizados para el transporte de mercancías peligrosas bajo normativa ADR.
Las baterías estaban almacenadas en distintas zonas de la vivienda y su sótano, en la urbanización de Canalejas. Algunas unidades presentaban deterioros y se encontraban mezcladas con otros materiales, sin las condiciones de seguridad exigibles para el almacenamiento y tratamiento de residuos peligrosos.
El volumen del material intervenido llegó a situarse inicialmente en torno a las 45 toneladas. Sin embargo, la documentación posterior del procedimiento concreta la cantidad en 30.998 kilos de residuo bruto de baterías de ion-litio, que quedaron en 29.573 kilos de residuo neto después de su acondicionamiento para la gestión.
La defensa sostuvo que las baterías todavía podían funcionar y que su intención era destinarlas a un proyecto de autoconsumo fotovoltaico en su propia vivienda. También argumentó que no se había acreditado que todo el material pudiera considerarse residuo peligroso.
El tribunal, sin embargo, rechazó estos argumentos. La consideración de residuo no dependía únicamente de que algunas baterías conservaran carga o pudieran tener una segunda vida. La sentencia considera determinante que habían sido descartadas por sus anteriores propietarios y que estaban siendo almacenadas y gestionadas sin las autorizaciones exigidas.
La enorme concentración de baterías en un espacio residencial fue otro de los factores determinantes para la condena. El tribunal consideró que las condiciones de almacenamiento eran objetivamente capaces de provocar daños importantes, especialmente ante un posible incendio.
Las baterías deterioradas y su proximidad a otros materiales combustibles podían favorecer fenómenos térmicos peligrosos y la emisión de gases. Además, un incendio de este tipo de residuos puede generar contaminación ambiental y afectar incluso al suelo y a las aguas subterráneas.
La Guardia Civil ya había advertido durante la operación de 2023 del riesgo que suponía mantener semejante cantidad de baterías en una vivienda de una urbanización, tanto para el medio ambiente como para la seguridad de las personas que residían en el entorno.
18 meses de prisión y una multa de 2.340 euros
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado íntegramente la condena. Además de los 18 meses de prisión por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente, se mantiene una multa de 13 meses con una cuota diaria de seis euros, lo que supone 2.340 euros.
La resolución también establece 20 meses de inhabilitación para realizar actividades relacionadas con la gestión, tratamiento, almacenamiento o comercialización de residuos peligrosos. El condenado debe asumir igualmente los costes derivados de la retirada y tratamiento de las baterías.
La sentencia todavía puede ser recurrida mediante un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.