Las reglas de los patinetes eléctricos cambian en octubre y los usuarios cargan contra la DGT: “A nosotros nos obligan y a las bicicletas no”

La nueva normativa fija una edad mínima de 15 años, obliga al uso del casco y modifica varias reglas de circulación para los VMP.

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La reforma fija por primera vez una edad mínima común para todos los VMP.
06/09/2026 14:00
Actualizado a 06/09/2026 14:00
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Los usuarios de patinetes eléctricos tendrán que asumir nuevas obligaciones a partir del próximo 1 de octubre, pero el endurecimiento de las normas ha vuelto a abrir un debate que las asociaciones del sector llevan tiempo planteando. La cuestión no está tanto en medidas como el casco o la edad mínima, que cuentan con el respaldo de buena parte del colectivo, sino en las diferencias que continúan existiendo frente a las bicicletas.

Pol Solà, presidente de la Associació d'Usuaris per la Mobilitat Personal (AUMP), considera que el nuevo Reglamento General de Circulación vuelve a aplicar criterios distintos a vehículos que comparten buena parte del espacio urbano. “Es incomprensible que la DGT nos obligue a circular de forma segura a nosotros y a las bicicletas no”, sostiene, en referencia especialmente a la obligatoriedad del casco para todos los usuarios de VMP.

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La comparación entre patinetes y bicicletas vuelve a centrar buena parte del debate.

Casco para todos y 15 años como nueva barrera de entrada

La reforma establece por primera vez una edad mínima común en toda España para conducir un vehículo de movilidad personal: 15 años. Hasta ahora este límite podía variar en función de las ordenanzas municipales. La DGT justifica esta edad como adecuada para asumir los riesgos asociados a la conducción de estos vehículos, mientras que la AUMP introduce otro factor: buena parte de los patinetes comercializados están diseñados físicamente para adultos.

Solà señala que muchos modelos son prácticamente monotalla y que incluso aquellos con manillar regulable no están concebidos para usuarios infantiles. La asociación entiende por ello que exista una limitación con los vehículos actuales, aunque cuestiona que esa restricción fuese necesaria si en el futuro aparecieran VMP realmente adaptados a menores, especialmente teniendo en cuenta que las bicicletas no cuentan con una edad mínima equivalente.

La otra gran novedad será el casco. El nuevo artículo 118 obliga a todos los conductores de VMP a utilizar un casco homologado o certificado correctamente abrochado, sin distinguir entre vías urbanas e interurbanas. La situación es distinta para las bicicletas: el casco continúa siendo obligatorio con carácter general en carretera y para los menores de 16 años en cualquier vía, además de determinadas obligaciones adicionales para quienes trabajan profesionalmente en bicicleta.

Es precisamente esta diferencia la que concentra las críticas de la AUMP. Solà asegura que la asociación llevaba años recomendando voluntariamente el casco y no cuestiona su utilidad, pero considera incoherente exigirlo siempre a vehículos cuya velocidad máxima está limitada legalmente a 25 km/h mientras que la normativa mantiene un régimen diferente para las bicicletas.

La reforma también cambia dónde y cómo pueden circular los patinetes

El nuevo reglamento introduce además una pequeña apertura para los desplazamientos fuera de ciudad. Los VMP seguirán sin poder utilizar autopistas, autovías, travesías ni las vías interurbanas convencionales, pero sí podrán circular por carriles bici, pistas bici, sendas ciclables y otras vías en las que esté prohibido el tráfico de vehículos a motor, salvo que una señal indique expresamente lo contrario.

Para la AUMP, esta posibilidad resuelve parte del problema normativo, pero no el de infraestructura. Solà recuerda que todavía existen numerosos municipios sin conexiones ciclistas entre sí, de manera que permitir legalmente esos trayectos tiene un impacto limitado si no existe una red continua por la que puedan realizarse con seguridad.

También cambian las exigencias relacionadas con la visibilidad. Entre el ocaso y la salida del sol, o cuando las condiciones reduzcan notablemente la visibilidad, los conductores deberán utilizar al menos un elemento luminoso o reflectante visible desde 150 metros. La norma no obliga, por tanto, a que los usuarios particulares lleven específicamente un chaleco: este será obligatorio en todo tipo de vías para quienes desarrollen profesionalmente su actividad utilizando un VMP.

Las luces serán obligatorias también durante el día, pero habrá un año de margen

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La iluminación y los elementos reflectantes también ganan peso con la nueva regulación.

Los patinetes tendrán además que circular con su propio sistema de alumbrado encendido. La obligación comenzará a aplicarse con la entrada en vigor del reglamento cuando se circule de noche, mientras que durante el día existe un periodo transitorio de un año. En la práctica, el alumbrado diurno será exigible desde el 1 de octubre de 2027.

Desde la AUMP no se prevén grandes problemas para adaptarse a este requisito, ya que la mayoría de los VMP actuales incorporan luces de serie. La asociación sí mantiene su crítica sobre el enfoque general de la reforma: comparte las medidas destinadas a aumentar la protección de los usuarios, pero considera que la normativa continúa estableciendo obligaciones diferentes frente a las bicicletas pese a que ambos medios forman parte de las políticas de movilidad urbana y de reducción del tráfico motorizado.