Sabemos que muchas veces no nos gusta estéticamente hablando como queda una pegatina en el parabrisas de nuestro coche. Incluso el engorro que supone pegarla y despegarla cada cierto tiempo. Por lo que muchos conductores deciden guardarla en la guantera junto con los demás documentos del coche, pero, ¿estoy obligado a pegarla? ¿Me pueden multar por no hacerlo? Sí y no. Aclaramos la duda.
Por ejemplo, la pegatina de la ITV es obligatoria. No llevarla en el vehículo se considera una infracción leve en materia de tráfico, por lo que el conductor podrá ser sancionado con una multa de 100 euros, según la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos (AECA-ITV).

La regulación sobre la pegatina de la ITV está contenida en el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre (Anexo XI señales en los vehículos), por lo que una modificación de esta regulación debería hacerse a través de una norma del mismo rango legal, es decir, Real Decreto, o rango superior, lo que a fecha de hoy no está previsto.
“No es un simple adhesivo. Tiene la misma relevancia que el resto de documentos oficiales del vehículo”, explica Guillermo Magaz, director gerente de AECA-ITV. Esta pegatina te la entregan cuando superas con éxito la ITV, y, acto seguido, debes colocarla en un lugar visible. Y es que, en el coche, la pegatina debe ir en el ángulo superior derecho del parabrisas, en la zona interior. En los casos de las motocicletas, debe colocarse en algún sitio que se vea de forma sencilla.
¿Y el distintivo medioambiental?

El distintivo medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) ya lleva con nosotros varios años. Y aunque su colocación es voluntaria y recomendable, según el Club Europeo de Automovilistas (CEA), especialmente en ciudades donde por protocolos de contaminación o restricciones al tráfico se vayan a solicitar como es el caso de Madrid. Porque ni la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial, ni el vigente Reglamento de Vehículos exigen su colocación en el parabrisas de los vehículos.
Pero como la DGT permite a los Ayuntamientos tomar medidas de regulación del tráfico cuando se produzcan episodios de alerta medioambiental, no llevar visible la etiqueta al circular por Madrid se considerará infracción leve y supone 15 euros. Así se recoge en la Ordenanza de Movilidad Sostenible municipal. Y debes colocarla en la zona inferior derecha, para que las cámaras la lean correctamente.