La Dirección General de Tráfico (DGT) ha introducido ajustes en la normativa de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) que afectan de forma especial a uno de los vehículos que más protagonismo gana durante los meses de verano: las furgonetas camperizadas. Estas, cada vez más habituales en las carreteras españolas por el auge de este tipo de turismo, tienen que estar atentas porque reciben cambios tanto en sus plazos de inspección como en su uso en vías urbanas y estacionamiento.
La modificación más relevante, recogida en la instrucción PROT 2026/04, establece una diferenciación más clara entre las autocaravanas (categoría M) y los vehículos camperizados o furgones vivienda (categoría N), lo que en la práctica supone calendarios de ITV distintos según el tipo de homologación. En el caso de las autocaravanas, se mantiene un esquema progresivo: están exentas de inspección durante los primeros cuatro años, pasan a revisiones bienales entre los cuatro y los diez años y, a partir de esa edad, deben acudir a la ITV una vez al año.

Cambios para las furgonetas camperizadas
La principal novedad afecta a las furgonetas camperizadas. En estos vehículos, la periodicidad se endurece a medida que envejecen: hasta los diez años deben pasar la ITV de manera anual, pero una vez superado ese umbral la inspección pasa a ser semestral. Este cambio implica duplicar la frecuencia de visitas a las estaciones ITV, lo que afecta especialmente a un tipo de vehículo que ha crecido notablemente en popularidad tras la pandemia.
La DGT justifica esta diferenciación por el uso y la clasificación técnica de estos vehículos, que no siempre se comportan de la misma manera en términos de seguridad o desgaste. Según la normativa, la categoría administrativa en la ficha técnica es la que determina la periodicidad de las inspecciones. Así, las camper, que originalmente eran furgones comerciales, se rigen por las normas para estos. Es un tipo de vehículo que por norma general tiene un uso más intensivo que un turismo y, en consecuencia, se considera apropiado que acuda de manera más frecuente a la ITV.
Normativa sobre estacionamiento
Más allá de los plazos de inspección, la nueva normativa también introduce modificaciones sobre el uso de estos vehículos en la vía pública, especialmente en lo relativo al estacionamiento y las maniobras en entornos urbanos. La DGT recuerda que las autocaravanas y campers deben respetar las mismas reglas que cualquier otro turismo en cuanto a parada y estacionamiento, siempre que no se desplieguen elementos exteriores que puedan considerarse acampada, y siempre dentro de las limitaciones que establezcan los ayuntamientos.
Este punto es especialmente relevante en zonas costeras y destinos turísticos donde la concentración de este tipo de vehículos aumenta en verano, generando debates recurrentes sobre la ocupación del espacio y la convivencia con los residentes. La normativa estatal deja margen a las ordenanzas municipales para regular aspectos concretos del estacionamiento prolongado o la prohibición para llevarlo a cabo en ciertas zonas, así que es algo que hay que consultar de manera específica en la zona en la que se vaya a veranear.
Otra novedad destacada es la introducción de nueva señalización específica, como la señal S-128, que identifica áreas habilitadas para el vaciado de aguas residuales para que esta tarea no suponga un punto de conflicto en la convivencia.

