No es lo mismo pagar 20 € que 60 €: ¿por qué no es ‘ilegal’ vender balizas V16 no homologadas, engañando al comprador?

Aunque la baliza V16 conectada será obligatoria en España en 2026, la venta de versiones no homologadas sigue siendo legal por una decisión del Tribunal Supremo.

balizas v16 homologadas dgt 1
Es enorme la diferencia de precios entre una baliza V16 homologada y otra que no lo es. Chat GPT
18/12/2025 08:30
Actualizado a 18/12/2025 08:30

A partir del 1 de enero de 2026, la Dirección General de Tráfico (DGT) obligará a todos los vehículos a llevar una baliza luminosa V16 conectada y homologada para señalizar averías o accidentes, reemplazando definitivamente a los tradicionales triángulos de emergencia.

Sin embargo, en el mercado continúan disponibles balizas V16 que no cumplen todos los requisitos de homologación, y su venta sigue siendo legal pese al inminente cambio normativo. Este hecho ha generado dudas entre los conductores sobre qué dispositivos son válidos y por qué se puede comercializar algo que, legalmente, no servirá para cumplir con la futura obligación.

balizas v16 homologadas dgt 2
Solo las balizas homologadas por la DGT serán válidas a partir del 1 de enero.

Marco jurídico y periodo transitorio

La obligación de equipar una baliza V16 con conectividad a la plataforma digital de la Dirección General de Tráfico (DGT 3.0) y otros requisitos técnicos específicos forma parte del Real Decreto 159/2021 sobre servicios de auxilio en las vías públicas. Ese texto establece que, desde 2026, solo será válido como sistema legal de señalización luminosa aquel dispositivo que esté homologado según los parámetros que exige la DGT, incluida la transmisión de ubicación geográfica en tiempo real.

No obstante, la venta de balizas V16 no homologadas sigue permitida hasta ese mismo 1 de enero de 2026. Según fuentes judiciales y comunicados de Tráfico, esta situación no se debe a una estrategia deliberada de la DGT, sino a un pronunciamiento del Tribunal Supremo de 2021 que avaló la comercialización de dispositivos sin geolocalización ni certificación de laboratorio hasta el inicio de la vigencia de la nueva obligación.

Esa decisión de la Sala Tercera del Alto Tribunal surtió efecto en la interpretación legal de los requisitos de homologación, autorizando a los fabricantes y distribuidores a vender modelos que no estén conectados a la red DGT 3.0 mientras el periodo transitorio todavía esté vigente. Por tanto, aunque no cumplirán la normativa a partir de 2026, no existe hoy una prohibición legal de venderlos.

balizas v16 homologadas dgt 3
La homologación de las balizas V16 garantiza las características principales indicadas por la DGT.

¿En qué hay que fijarse? Diferencias entre homologadas y no homologadas

Una baliza V16 homologada a partir de enero de 2026 debe reunir varios requisitos técnicos. Debe emitir una luz intermitente de color amarillo con visibilidad de 360 grados y al menos 1 kilómetro de alcance. Debe disponer de conectividad integrada con la plataforma DGT 3.0 para transmitir la ubicación del vehículo cuando se active. Por último, debe contar con un módulo de comunicación que funcione durante un periodo prolongado.

Los dispositivos que no cumplen con estos parámetros, porque carecen de SIM integrada, no tienen certificación de laboratorio acreditado como IDIADA o LCOE o simplemente no están registrados en la lista oficial de la DGT, pueden seguir comercializándose legalmente hasta que entre en vigor la obligatoriedad.

Ese tipo de modelos no servirán para cumplir las obligaciones legales a partir de 2026 y, en consecuencia, no evitarán sanciones si se utilizan en carretera a partir del 1 de enero de ese año. Las multas por no llevar una baliza homologada y conectada son actualmente de 80 € y pueden llegar a 200 € en determinadas circunstancias de señalización incorrecta.

La presencia de balizas no homologadas en tiendas físicas y plataformas online ha generado críticas de asociaciones de consumidores como FACUA, que hablan de un presunto “fraude masivo”. Según la organización, algunos modelos se promocionan como “homologados por la DGT” sin ofrecer los requisitos técnicos necesarios, lo que puede confundir a los compradores y exponerles a sanciones futuras.

La DGT, por su parte, ha defendido que nunca fue partidaria de fomentar la venta de modelos no conectados, pero que la situación actual responde a la interpretación judicial que permitió este híbrido de mercado hasta el inicio del periodo obligatorio. También ha instado a los conductores a que consulten el listado oficial de dispositivos certificados en su página web para evitar compras que no cumplan la normativa.

Para los usuarios, la prioridad en los próximos meses debe ser comprobar que el dispositivo que van a adquirir es válido a partir de enero de 2026. Esto implica verificar que:

  • El producto aparece en el listado oficial de balizas V16 homologadas por la DGT con el número de certificación apropiado (Laboratorio Oficial Acreditado o Applus/IDIADA).
  • La baliza incorpora conectividad a la plataforma DGT 3.0 con geolocalización funcional.
  • La autonomía de la batería y los parámetros de visibilidad cumplen con lo exigido por la normativa vigente.

Adquirir un modelo no conforme, aunque sea legal actualmente por la decisión del Tribunal Supremo, no exime de responsabilidad cuando la obligatoriedad entre en vigor, y puede traducirse en sanciones económicas.