La saturación causada por cada vez un mayor número de vehículos está haciendo que las retenciones y colapsos, a la entrada o salida de las grandes ciudades y en fechas señaladas -salidas y retornos de fines de semana o festivos- sean cada vez más comunes. Algo que sufren miles de conductores en España.
Frente a ello, la DGT responde con algunas medidas destinadas a favorecer la fluidez del tráfico: carriles auxiliares en sentido contrario para favorecer el tráfico, restricciones de circulación de camiones, paneles que indican velocidad máxima variable… Pero este año, suma una más: la prohibición a los conductores de adelantar camiones en determinadas carreteras.

Cómo es esta prohibición que afecta a millones de conductores en España
La DGT ha hecho pública, hace apenas unos días y en el BOE, la resolución de las medidas especiales de regulación de tráfico durante 2026. Y en ella, ya se recogen circunstancias a las que los conductores en España ya estamos acostumbrados, como las restricciones a la circulación por pruebas deportivas o ciclistas, las medidas referentes a los carriles VAO o aquellas relacionadas con la regulación del tráfico en situaciones de fenómenos meteorológicos adversos, como nevadas o inundaciones.
Pero en este documento, concretamente en su apartado D3, la DGT incorpora un cambio en las normas. A partir de este año y tal y como justifica la DGT, “por razones de seguridad vial y de fluidez de la circulación”, el máximo organismo regulador de tráfico en España podrá establecer la prohibición a los conductores de adelantar, en determinados tramos de carreteras, a los vehículos de más de 7.500 km de Masa Máxima Autorizada; esto es, a los camiones.
Además, esta posible prohibición también afectará a los conductores que quieran adelantar a vehículos que precisen autorización complementaria -aquellos de obras y servicios o aquellos que transporten maquinaria agrícola y/o grandes elementos indivisibles- y a vehículos especiales.

Pero esa posible prohibición no será aleatoria para los conductores. Tal y como señala esta resolución, se podrá establecer en determinadas fechas y carreteras, que recoge este documento en un anexo, y que coinciden habitualmente con momentos de alta intensidad de tráfico -festivos o vísperas de festivos- o en carreteras especialmente sensibles a las retenciones, como las de costa en verano o las de acceso a las grandes ciudades.
Aunque la DGT se guarda un as bajo la manga y el documento señala que “según lo requieran las condiciones de seguridad vial y fluidez de la circulación” esta prohibición de adelantar a camiones podrá aplicarse en otras carreteras distintas a las citadas en el anexo.
El objetivo de esta prohibición no es otro que evitar adelantamientos prolongados o sucesivos que aumenten el riesgo de accidentes o incluso lleguen a ralentizar el tráfico en determinadas vías, sobre todo en momentos de alta densidad de tráfico.
Tal y como explica la DGT, de llegar a activarse esta prohibición, se notificará a los conductores a través de paneles de mensaje variable y señalización temporal en las carreteras de España donde corresponda.

