El inicio de 2026 ha traído consigo una de las actualizaciones normativas más relevantes en materia de seguridad vial en España: la obligatoriedad de llevar la baliza de emergencia V16 homologada y conectada en todos los turismos y vehículos destinados al transporte de mercancías o personas.
Esta exigencia, que afecta a conductores en todas las comunidades autónomas, ha empezado a aplicarse de forma estricta y con sanciones claras para quienes no cumplan con el requisito.

La baliza V16 y el otro elemento olvidado que también es obligatorio
Los conductores han sido advertidos de que “no portar una baliza V16 conectada según el listado oficial de la Dirección General de Tráfico (DGT) puede acarrear una multa de hasta 200 €”. Aunque inicialmente hubo cierta expectación por la aplicación de la norma, ya se ha documentado su aplicación en diversos puntos de control de tráfico en 2026.
Desde el 1 de enero de 2026, la baliza homologada y conectada a la plataforma DGT 3.0 es el único método legalmente aceptado para señalizar paradas forzadas en carretera. La implantación completa de la baliza V16 ha suscitado dudas y retrasos logísticos en algunos entes locales, pero la DGT insiste en que la sustitución de los triángulos responde a criterios de seguridad: evitar que el conductor tenga que bajar y caminar por la calzada para colocar el triángulo, un riesgo que ha provocado atropellos mortales en años previos.
Además de la simple luz intermitente, la baliza conectada transmite la ubicación geolocalizada y anónima del vehículo a la DGT cuando se activa, lo que permite a otros usuarios y servicios de emergencia conocer en tiempo real el punto de incidencia. Esta conectividad (única en el mercado español y avalada por homologaciones como IDIADA o LCOE) es precisamente lo que diferencia a una baliza legal de otros artefactos no admitidos.
Para evitar sanciones y mejorar su propia seguridad, los usuarios deben comprobar que su baliza muestra el número de certificación (IDIADA o LCOE), dispone de geolocalización y ofrece al menos 30 minutos de autonomía, según las especificaciones técnicas que exige la normativa.
Tras un periodo transitorio que se prolongó desde 2021, cuando la baliza empezó a ser recomendada, la normativa ahora elimina los triángulos como dispositivo obligatorio.
El cambio normativo convive con otras obligaciones de seguridad: el Reglamento General de Circulación, en su artículo 118, apartado 3, obliga al uso del chaleco reflectante de alta visibilidad con certificado conforme al Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, cuando el conductor salga del vehículo y ocupe la calzada o el arcén en vías interurbanas.
La norma recuerda que el chaleco forma parte de la dotación obligatoria y su uso no es opcional en estas circunstancias. La ausencia del chaleco reflectante homologado en una avería o accidente puede conllevar una multa de entre 80 y 200 euros, según el Reglamento General de Circulación.

El Reglamento General de Circulación establece que, en caso de accidente o avería en una vía interurbana, los ocupantes del vehículo deben priorizar su seguridad personal frente a la del propio coche. Siempre que las circunstancias lo permitan, se recomienda abandonar el vehículo y situarse en una zona segura, fuera de la calzada y del arcén, como detrás de una barrera de protección, un talud o cualquier espacio alejado del tráfico. Permanecer dentro del coche, especialmente en vías de alta velocidad, incrementa de forma notable el riesgo de atropello o colisión secundaria.
Esta directriz cobra especial relevancia en autopistas y autovías, donde la velocidad de circulación y la densidad del tráfico reducen el margen de reacción de otros conductores. El uso del chaleco reflectante homologado es obligatorio en el momento de salir del vehículo y pisar la calzada o el arcén, ya que mejora la visibilidad y reduce el riesgo de accidente. Las autoridades de tráfico insisten en que señalizar la incidencia es importante, pero nunca debe hacerse a costa de la integridad física de los ocupantes, que siempre debe ser la prioridad.