El Gobierno de España ha confirmado la prórroga de una deducción fiscal muy esperada por los conductores de vehículos eléctricos: la posibilidad de restar un 15 % del gasto en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por la compra de un coche eléctrico o híbrido enchufable nuevo, así como por la instalación de puntos de recarga en viviendas y empresas, para el ejercicio fiscal de 2026.
Esta medida, aprobada en el último Consejo de Ministros del año mediante un Real Decreto-ley, busca mantener una de las principales ventajas tributarias que ha impulsado la demanda de automóviles con cero o bajas emisiones en España, en un momento de fuerte crecimiento de las matriculaciones de este tipo de vehículos.

¿Cómo funciona la deducción en la práctica?
La deducción, que ya estaba vigente en 2025, queda así consolidada como un componente clave de la política fiscal para promover la movilidad sostenible y la electrificación del parque automovilístico. La prórroga de esta deducción llega en un momento en que España está reforzando su paquete de incentivos para la transición energética y la movilidad eléctrica, en línea con sus compromisos de reducción de emisiones y las directrices de la Unión Europea.
Según datos del sector, cerca de 220.000 vehículos con enchufe (eléctricos puros e híbridos enchufables) se habían matriculado en España hasta noviembre de 2025, más del doble que las cifras registradas hace cinco años, lo que evidencia el crecimiento sostenido de la demanda.
La deducción aplica a los vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables y con pila de combustible, siempre que sean nuevos y de uso particular. El porcentaje deducible es el 15 % del precio total del coche, con un límite máximo de base imponible de 20.000 euros, lo que sitúa la deducción máxima en 3.000 euros sobre la cuota estatal del IRPF.
Esto significa que al hacer la declaración de la renta correspondiente al año en que se matricula el vehículo, el contribuyente podrá reducir directamente su cuota hasta esa cantidad.
Si se instala un punto de recarga doméstico o empresarial, también existe una deducción del 15 % del coste, con un límite de 600 euros. Esta ventaja se aplica sobre la base que incluye gastos de instalación y los elementos necesarios para habilitar la recarga, siempre que el desembolso se haya realizado dentro del periodo fiscal correspondiente y cumpla los requisitos de fiscalidad establecidos.
El cálculo de la deducción se hace sobre el precio total del vehículo, que incluye impuestos, matriculación y transporte, restando primero las ayudas públicas obtenidas, como por ejemplo las del antiguo Plan MOVES III o las que puedan venir con el nuevo Plan Auto+ que el Gobierno está ultimando para 2026. Si tras estas subvenciones el importe supera los 20.000 euros, la base se ajusta a ese tope para aplicar la deducción.
Para que la deducción sea aplicable, el vehículo debe cumplir ciertas condiciones: ser matriculado por primera vez en España, no estar afecto a una actividad económica (es decir, ser de uso particular), y la compra o pago anticipado debe registrarse dentro del plazo establecido por la normativa fiscal.
La Agencia Tributaria dispone de apartados específicos en su plataforma Renta Web donde los contribuyentes pueden introducir los datos del vehículo, el precio pagado, las ayudas recibidas y la base sobre la que se aplica el beneficio.

Infraestructura de recarga
La deducción del IRPF por la instalación de puntos de recarga forma parte de un planteamiento más amplio que también busca favorecer la instalación de infraestructura de recarga doméstica y empresarial. Aunque el mecanismo de deducción no sustituyendo las ayudas directas de programas como el Plan MOVES, ofrece un complemento útil para los usuarios que desean instalar cargadores.
Guía práctica rápida para aplicar la deducción por coche eléctrico en el IRPF
- Verificar que el vehículo es eléctrico, híbrido enchufable o de hidrógeno y es nuevo.
- Comprobar que el uso es particular (no profesional).
- Confirmar el límite: base máxima 20.000 € (deducción hasta 3.000 €).
- Restar siempre las ayudas públicas (MOVES u otras) al precio pagado.
- Guardar factura, justificantes de pago y resolución de ayudas.
- Acceder a Renta Web y entrar en deducciones estatales de movilidad sostenible.
- Introducir fecha de compra, importe final y ayudas recibidas.
- Revisar el cálculo automático del 15 %.
- Si hay punto de recarga, repetir el proceso (límite 600 €).
- Comprobar que se aplica en el ejercicio fiscal correcto.