Esta máquina mide la velocidad real de patinetes y bicicletas eléctricas ayudando a la policía a sancionar con 500 € a los que superan los 25 km/h

La Policía Local de algunas ciudades españolas ya incorpora dinamómetros para medir la velocidad real tanto de patinetes eléctricos como de bicicletas para sancionar a los que no cumplen la normativa.

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La legislación no permite que los VMP circulen a más de 25 km/h. Gemini
10/01/2026 11:00
Actualizado a 10/01/2026 11:00

La ciudad de Huesca ha comenzado a emplear dinamómetros portátiles homologados para medir la velocidad de patinetes eléctricos y bicicletas eléctricas con el objetivo de controlar el cumplimiento de los límites legales de velocidad y detectar posibles manipulaciones de estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

El sistema, que se encuentra en fase de pruebas, ya ha permitido a la Policía Local imponer las primeras sanciones a usuarios que superaban los 25 km/h, velocidad máxima permitida para este tipo de vehículos según la normativa vigente.

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Los agentes de Huelva preparando el control de velocidad.

Así funciona el dinamómetro de la policía

El dinamómetro de Huesca es un dispositivo portátil diseñado y certificado para medir con precisión la velocidad máxima y la potencia de un VMP. El modelo utilizado por la Policía Local oscense ha sido desarrollado por la empresa Sportdevice, con sede en Catarroja (Valencia), sobre un diseño creado por ingenieros de la Universidad de Valencia y que ya emplean otros cuerpos municipales, como la Policía Local de Valencia.

La medición se realiza colocando el patinete eléctrico sobre la plataforma del dinamómetro y acelerando hasta que el vehículo alcanza su rendimiento máximo. El aparato registra entonces la velocidad que el patinete puede desarrollar, lo que permite verificar si supera el límite legal de 25 km/h fijado para los VMP. La detección de velocidades superiores a ese umbral puede indicar que el vehículo ha sido manipulado o que no cumple con las especificaciones para circular legalmente por calles y carriles bici.

En una de las primeras verificaciones realizadas, los agentes detectaron un patinete capaz de alcanzar 35 km/h, valor muy por encima del límite legal, lo que motivó la apertura de un expediente sancionador. Además de la velocidad, la normativa vigente limita este tipo de vehículos a una masa máxima de 25 kg y establece, en general, su uso en vías urbanas a velocidades no superiores a los 25 km/h para preservar la seguridad de peatones y otros usuarios de la vía.

Sanciones y marco regulador

La implantación de este tipo de dispositivos representa un paso adelante en el esfuerzo por reforzar la seguridad vial y la correcta regulación de los VMP, cuya proliferación en espacios urbanos ha planteado importantes desafíos a las autoridades municipales y de tráfico en toda España. Hasta ahora, muchas localidades carecían de herramientas específicas para verificar si un patinete había sido ‘tuneado’ o modificado para superar los parámetros homologados, una práctica común que puede elevar considerablemente la velocidad y aumentar los riesgos para el usuario y terceros.

La sanción impuesta en Huesca ha sido de 500 euros por carecer de la correspondiente autorización administrativa para la circulación de ese vehículo en la vía pública. Las autoridades municipales consideran que modificar un patinete para que supere los parámetros homologados no solo vulnera la normativa, sino que pone en riesgo la seguridad de los propios conductores y de los peatones.

Este tipo de multas se enmarca en un contexto regulatorio más amplio que busca imponer una mayor disciplina en el uso de los VMP. Aunque la entrada en vigor ha sido aplazada, la Ley 5/2025 y las normativas asociadas contemplan la obligatoriedad de que los patinetes eléctricos y otros VMP estén registrados, cuenten con seguro de responsabilidad civil y posean un certificado de circulación emitido por la Dirección General de Tráfico para poder circular legalmente. Este registro, aunque previsto, aún no está completamente operativo, lo que ha generado cierta incertidumbre entre los usuarios.

La regulación actual define a los VMP como vehículos de una o más ruedas propulsados exclusivamente por motores eléctricos que no excedan los 25 km/h de velocidad máxima y que pesen menos de 25 kg, y establece controles de seguridad como frenos independientes, sistemas de iluminación y elementos reflectantes. La DGT ha introducido estas exigencias para adaptarse al crecimiento exponencial del uso de patinetes eléctricos y a la necesidad de homologar técnicamente los dispositivos vendidos en el mercado.

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Un dinamómetro, todavía en fase de pruebas, puede medir la velocidad real de patinetes y bicicletas.

El caso de Huesca y el de otras ciudades

Huesca ha incluido el control de velocidad de patinetes dentro de su nueva ordenanza de Zona de Bajas Emisiones y normas de movilidad personal, que entró en vigor el 7 de enero de 2026 junto con la regulación de circulación de bicis y VMP en su casco urbano. Estas ordenanzas municipales detallan tanto los límites de velocidad como las zonas peatonales y las reglas específicas para ciclos y VMP, además de prever sanciones de hasta 200 euros por otras infracciones relacionadas con el uso incorrecto de patinetes eléctricos o bicicletas.

Según el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, las velocidades máximas de circulación para los VMP quedan estipuladas en 25 km/h en vías ciclistas, 20 km/h en calles residenciales o de convivencia y 10 km/h en aceras-bici o zonas con prioridad peatonal dentro de la Zona de Bajas Emisiones, lo que subraya la intensa regulación local que acompaña al control tecnológico de velocidad.

Aunque Huesca es de las primeras en incorporar dinamómetros para verificar la velocidad real de los patinetes eléctricos, es parte de una tendencia creciente en España. Otras ciudades han intensificado las inspecciones y sanciones relacionadas con los VMP, como en Pineda de Mar (Barcelona), donde entre enero y noviembre de 2025 se impusieron 121 multas a usuarios de patinetes por defectos como exceso de velocidad, circulación por aceras o conducción negligente, con sanciones que oscilaron entre 80 y 1.000 euros, e incluso inmovilizaciones del vehículo.